El PSOE, además de criticar el gasto innecesario y la delegación de competencias por parte del alcalde y senador, argumenta en la demanda judicial que el nuevo órgano no figura en el Reglamento del Ayuntamiento de Valladolid y ejercerá acciones propias de un cargo electo

El órgano de nueva creación en el Ayuntamiento de Valladolid -Director de Coordinación de Política Pública- no está justificado ni contemplado en las normas que regulan la Administración Municipal. El PSOE ha decidido dar un paso más para defender los intereses generales de la ciudad y evitar el despilfarro que provocará la decisión de Carnero de crear un “alcalde B”, con un gasto de 627.048 euros a lo largo del mandato (156.762 euros anuales).

El Grupo Municipal Socialista ha interpuesto hoy un recurso contencioso- administrativo demandando la anulación del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid en la sesión celebrada el día 21 de agosto de 2023, en virtud del cual decidió modificar la Relación de Puestos de Trabajo para incorporar el puesto de «Director/a de Coordinación de Políticas Públicas» y para crear un puesto de «Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área» y que fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del siguiente día 1 de septiembre.

Los fundamentos jurídicos se basan, entre otras razones, en los siguientes argumentos:

El puesto de Director de Coordinación de Políticas Públicas no existe en el Reglamento Orgánico ni se acomoda a las previsiones del artículo 130 de la Ley de Bases del Régimen Local.

“Estas funciones, que exceden de las propias de los Directores de Área, como reiteradamente se reconoce en el expediente, y que han justificado su mayor retribución, constituyen materialmente una delegación de las atribuciones del Alcalde contraria a lo dispuesto en los artículos 23.4 de la Ley de Bases del Régimen Local, 43 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales porque no recae en un concejal.

En el artículo 140 de la Constitución se encomienda el gobierno y la administración municipal al Alcalde y a los Concejales como manifestación de la opción constitucional para una administración democrática, lo que ha llevado al Tribunal Constitucional a declarar que este precepto constitucional atribuye las funciones de gobierno y administración municipal al Ayuntamiento «compuesto únicamente por Alcalde y Concejales» y exige además que «Concejales y Alcaldes sean elegidos democráticamente», de modo que «otorga una especial legitimación democrática al gobierno municipal, tanto en su función de dirección política como de administración», lo que supone un «plus de legitimidad democrática frente a la profesionalización».

Tampoco se ha emitido el informe de sostenibilidad financiera que exige los artículos 7.3 de la Ley Orgánica 2/2022, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y 23.3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento”.

El puesto será ocupado -como anticipó el Grupo Municipal Socialista en el mes de agosto- por Indalecio Escudero. Todo después de un proceso de selección que resultó ser una mascarada porque Carnero ya tenía decidido quién ocuparía ese puesto. Se presentaron 15 aspirantes, pero el nombre y los dos apellidos eran “vox pópuli” en Valladolid.