Los trabajadores del Ayuntamiento de Valladolid y sus organismos autónomos estarán protegidos frente al acoso psicológico o mobbing gracias al protocolo aprobado en la última Junta de Gobierno. El objetivo es prevenir y combatir el hostigamiento y actitudes que supongan un desprecio, trato vejatorio , discriminación o cualquier tipo de marginación en el ámbito de la plantilla municipal.
Las normas recogidas en este protocolo suponen un avance en la apuesta del Equipo de Gobierno liderado por Óscar Puente por propiciar un buen ambiente en el trabajo, que redundará en una mejora de la prestación de los servicios a los ciudadanos. Al mismo tiempo el Ayuntamiento de Valladolid pretende ser un referente en el respeto de los derechos humanos también en el ámbito laboral. Mediante este protocolo, el Ayuntamiento adquiere el compromiso de asumir de forma proactiva la misión de promover un entorno laboral libre de cualquier tipo de acoso o agravio. Y por eso, entre otras actuaciones, se contempla la posibilidad de sancionar cualquier conducta que lleve a tal situación .
Como manifestación inequívoca de esecompromiso, la Administración Municipal ya disponía de un protocolo de actuación ante los posibles casos de acoso sexual o por razón de sexo, al que se viene a sumar el nuevo protocolo, a través del cual se pretende actuar frente a cualquier otra conducta susceptible de ser considerada como acoso, no fundamentada en razones sexistas.
El concejal de Recursos Humanos, Juan Carlos Hernández, ha destacado en primer lugar el significado de este protocolo para “cerrar el círculo de protección de los trabajadores del Ayuntamiento”. Asimismo, ha resaltado el acuerdo conseguido con los sindicatos en la mesa general de negociación: “Constituye otro elemento más de actualización y mejora de las condiciones de los empleados públicos dentro de la apuesta de la corporación municipal por la puesta en valor de la plantilla municipal”.
El tratamiento de los posibles casos de acoso que pudieran plantearse se encomienda a un Comité Asesor, compuesto por personas expertas en la materia, entre los que se incluirán dos Delegados de prevención, cuyas actuaciones, regidas por los principios de confidencialidad y sigilo profesional, deberán garantizar siempre la imparcialidad en su actuación, la credibilidad de la persona supuestamente acosada y el anonimato y la prohibición de cualquier tipo de represalia contra las personas implicadas.
El Comité Asesor podrá, si lo estima oportuno, intentar llegar a una solución negociada entre las partes implicadas, ejerciendo, así, una labor de mediación. De no estimarse oportuno, o si intentada la mediación no se alcanzase acuerdo o el acuerdo alcanzado no se cumpliera por alguna de las partes, el Comité Asesor deberá dictar resolución, en un procedimiento en que serán oídas todas las partes implicadas y que determinará si se ha producido o no acoso y, en caso afirmativo, propondrá las medidas que se estimen más adecuadas para poner frente a dicha situación.
Por otra parte, si bien la incidencia del acoso laboral en la plantilla municipal es prácticamente nula, puesto que no se han producido casos en los últimos años, el compromiso total de la Administración municipal con la erradicación de este tipo de conductas se refleja no solo en la regulación de un procedimiento de actuación una vez estas se han producido, sino también, en la incorporación de actuaciones de carácter preventivo.
Así, en primer lugar, se contempla, expresamente, la incorporación dentro de los Planes de Formación del personal municipal de acciones formativas en esta materia, que incluirán la divulgación del protocolo y la sensibilización de los trabajadores y trabajadoras municipales frente a este tipo de situaciones.
En segundo término, se contempla la realización de evaluaciones psicosociales de los trabajadores y trabajadoras, por parte del personal especializado del Departamento de Prevención y Salud Laboral, con el objeto de diagnosticar precozmente la existencia del acoso laboral, identificando posibles situaciones de riesgo.
Por último, se contemplan actuaciones de apoyo psicológico y social sobre la persona víctima del acoso, potenciándose aquellas condiciones laborales que puedan ser beneficiosas para la recuperación del acosado, adoptándose medidas de vigilancia para evitar nuevos ataques y se facilitándose formación y reciclaje laboral para la actualización profesional de la víctima.
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