En colaboración con la campaña promovida a nivel nacional por la Dirección General de Tráfico, la Policía Municipal de Valladolid pondrá en marcha, dentro de su término municipal, la «CAMPAÑA ESPECIAL DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LOS LÍMITES DE VELOCIDAD«, entre los días 1 al 7 de abril.

Esta campaña traspasa nuestras fronteras y se realiza de forma simultánea en más de 25 países europeos a través de la Organización Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL).

ARGUMENTOS PARA ESTA CAMPAÑA:

Levar una velocidad adecuada podría evitar la cuarta parte de los fallecidos en accidentes de tráfico. En el 29% de los casos de accidentes mortales se apreció la velocidad como un factor concurrente.

En el 22% de los accidentes mortales se apreció el exceso de velocidad como uno de los factores determinantes. Para los ocupantes del automóvil, el llevar correctamente puestos los cinturones de seguridad, puede proporcionarles protección para una velocidad máxima de 70 km/h en impactos frontales y de 50 km/h en laterales.

A partir de 80 km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un atropello. A una velocidad de 30 km/h el riesgo de muerte para el peatón se reduce al 10%.

El exceso de velocidad no sólo incide en la seguridad vial, también tiene una influencia negativa sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de combustible.

OBJETIVOS DE LA CAMPAÑA:

Esta campaña va destinada a vigilar y controlar intensivamente el cumplimiento de la normativa aplicable:

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan esta normativa a los límites genéricos y específicos de velocidad.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.

El artículo 379 del Código Penal, establece que «el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años».

La Ley del Permiso por Puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido. Desde la entrada en vigor de esta Ley más del 40% de las infracciones y más de un 48% de los puntos detraídos lo han sido por causa del exceso de velocidad.

Relaciones Externas de Policía Municipal